En las estaciones de ITV y en especial en nuestra estación de ITV JUNDIZ, en nuestra estación de ITV BERGARA y en nuestra estación de ITV ZARAUTZ, tal como se define en la normativa vigente, Reforma de importancia es toda modificación o sustitución efectuada en un vehículo, previa o no a su matriculación y que, no estando incluida en su homologación de tipo, o bien cambia alguna de las características indicadas en la Tarjeta I.T.V. del mismo o es susceptible de alterar las características fundamentales y/o las condiciones de seguridad reglamentariamente definidas. Las Reformas de importancia se clasifican a su vez en individualizadas (aquellas que se efectúan sobre un único vehículo) y generalizadas (aquellas destinadas a realizarse sobre más de un vehículo).

En todos los casos, y conforme establece el Real Decreto 2822/ 1998, en su Artículo 7, Punto 2 «El titular de un vehículo de motor, remolque o semirremolque en el que se haya efectuado una reforma de importancia deberá regularizarla ante el órgano de la Administración competente en materia de industria.

Las reformas podrán ser realizadas por el fabricante del vehículo o por talleres de reparación, también antes de su matriculación«.

El Real Decreto 866/2010, de 2 de julio, por el que se regula la tramitación de las reformas de vehículos. La Reformas se clasifican en función del siguiente criterio: Las reformas de vehículos se refieren a las modificaciones introducidas en las funciones que se relacionan a continuación y que, en su caso, serán desarrolladas según convenga en el manual de reformas de vehículos. Se consideran reformas de vehículos las modificaciones relativas a las funciones siguientes:

  1. Identificación.
  2. Unidad motriz.
  3. Transmisión.
  4. Ejes.
  5. Suspensión.
  6. Dirección.
  7. Frenos.
  8. Carrocería.
  9. Dispositivos de alumbrado y señalización.
  10. Uniones entre vehículos tractores y sus remolques o semirremolques.
  11. Modificaciones de los datos que aparecen en la tarjeta de ITV.